Será 100% el financiamiento para la autoconstrucción de viviendas
De acuerdo a la Resolución emitida por el Ministerio para la Vivienda y Hábitat, el financiamiento para la autoconstrucción de vivienda podrá ser del 100% del valor del presupuesto, de acuerdo a la capacidad de endeudamiento del solicitante y cosolicitante; y para cancelar en 180 cuotas variables, mensuales y consecutivas.
La medida explica que el ciudadano no debe poseer vivienda principal y ser propietario del terreno que debe estar ubicado en una zona urbana o rural y contar con los servicios públicos o en su defecto con una alternativa de dotación.
En cuanto a las condiciones de financiamiento, se establece una garantía hipotecaria sobre el terreno y las bienhechurías que se construyan, mientras se cancelan en forma mensual las 180 cuotas establecidas a tasa variable, compuestas por una alícuota de capital e interés.
Las autoridades explican en la resolución que el desembolso se hará de la forma siguiente: 60% del total solicitado, al protocolizar el crédito y el saldo restante siempre y cuando se compruebe que la obra tenga un avance de 50%, previa verificación de parte del perito designado por el operador bancario.
También se aclara que la vivienda principal no podrá ser enajenada hasta que no hayan transcurrido cinco años desde la protocolización del crédito.
Cuando la persona beneficiada cumpla con el pago en forma anticipada o en los lapsos antes establecidos podrá optar a un nuevo financiamiento; pero no sin antes haber transcurrido cinco años desde que se registró el documento del crédito.
En cuanto a las solicitudes de créditos para la ampliación y remodelación de la vivienda principal; las cuotas de pago quedarán establecidas en 60 para remodelación y 120 cuotas cuando se trate de ampliación de la vivienda, en caso de ser otorgados con recursos provenientes del FAOV o con recursos propios de la banca.
Los requisitos a presentar cuando el trabajador mantenga una relación de dependencia son: constancia de trabajo con vigencia no mayor a un mes, copia de los dos últimos recibos de pago, estados de cuenta bancaria de dos meses y constancia de inscripción en el FAOV y tener al menos doce cotizaciones.
Mary Carmen Arias Fuente: Notitarde Fecha: 22 Ago 2010
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